Es una patología del embarazo, cuyos síntomas incluyen náuseas agudas y sensación de desmayos o mareos cuando el paciente está de pie. También puede provocar vómitos persistentes que producen deshidratación.
Esta afección puede requerir hospitalización y tratamiento con líquidos por vía intravenosa y medicamentos antinauseosos
Este tipo de náuseas y vómitos suelen comenzar alrededor de las 5 semanas de embarazo y empeoran a las 9 semanas. Desaparece al cabo de unas 16 a 18 semanas.
En cuanto a normas de seguridad social, ¿esta patología permite licencia médica?
La abogada experta en derechos maternales del Instagram @abogadosymapadres Verónica Vilches Gálvez, nos señala: “Si es necesario emitir una licencia médica como consecuencia de esta patología, la licencia la puede emitir un médico o bien matron o matrona, así lo ha señalado la SUSESO en su Dictamen 62755-2006. Por otro lado, un informe médico puede servir de sustento para aplicar el artículo 202 del Código del Trabajo, esto es pedir, el cambio de funciones ante el peligro que representa para el embarazo las labores que desarrolla la madre gestante, recordar que un eventual cambio de funciones no puede implicar en ningún caso una disminución en el sueldo, así lo ha señalado la Dirección del Trabajo en el ORD. N°6497 11-dic-2015”
¡Cuidamos lo que más amas!